Recientemente se ha publicado la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Esta ley afecta tanto a productores y gestores de residuos, como a las administraciones públicas y a los propios consumidores. 

Además, esta ley pretende ser una ayuda en la lucha contra el cambio climático y la protección del medio marino, contribuyendo así al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluidos en la Agenda 2030.

1. Principio de jerarquía de residuos.

La nueva ley aplica en primer lugar el principio de jerarquía de residuos en la reducción del impacto medioambiental, en orden de más a menos preferencia:

  • Prevención.
  • Preparación para la reutilización.
  • Reciclado, otro tipo de valorización (incluida la energética).
  • Eliminación.

2. Medidas de prevención.

Medidas para desvincular el crecimiento económico del consumo de recursos – e impacto en el medio ambiente- existente hoy:

  • Hostelería debe ofrecer como opción agua no envasada.
  • Comercios de alimentación deben aceptar el uso de recipientes reutilizables adecuados.
  • Se prohibe destruir los excedentes no vendidos en general, debiendo primero ir destinados a donación, y otras opciones.
  • Comercios de más de 400m2 de superficie deben destinar al menos un 20% de su área de ventas a productos sin envase, o en envase reutilizable.

“El principal objetivo de esta nueva ley es reducir al mínimo los efectos negativos de la generación y gestión de los residuos en la salud humana y el medio ambiente.” 

3. Restricciones a plásticos de un solo uso.

Medidas que avanzarán en la reducción del plástico de un solo uso, primando la sustitución preferentemente por alternativas reutilizables y/o de otros materiales:

  • Objetivo de Reducción de los productos de plástico de un solo uso del 50% (en 2026) y del 70% (en 2030).
  • Obligación de cobrar precio por los recipientes (diferenciado en tique venta) a consumidores, a partir de 1/1/2023.
  • Productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción tales como vasos para bebidas y recipientes para alimentos.

4. Impuesto especial a los plásticos de un solo uso.

Medidas que avanzarán en la reducción del plástico de un solo uso, primando la sustitución preferentemente por alternativas reutilizables y/o de otros materiales:

  • El tipo impositivo es de 45 céntimos por kilogramo de plástico no reciclado (aprox. 30% del coste plástico), a partir de 1/1/2023.
  • Se gravan los envases de un solo uso, tanto si se presentan vacíos como si se presentan con contenido.

¿Cuándo entra en vigor la Ley 7/2022?

La ley entró en vigor el pasado 10 de abril, es decir, un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

A excepción del Título VII Medidas fiscales para incentivar la economía circular, que entrará en vigor el 1 de enero de 2023. Estas medidas incluyen dos nuevos impuestos, uno sobre envases de plástico no reutilizables y otro sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.

Además a partir del 1 de enero estará prohibida la distribución gratuita de productos de plástico de un solo uso y deberá cobrarse un precio por cada uno de los productos de plástico que se entreguen al consumidor.

5. Responsabilidad ampliada del productor.

Medidas que pretenden asegurar que quien coloca el envase en el mercado, asume los costes de recuperar y gestionar los residuos generados, ampliando su responsabilidad a:

  • Asumir la gestión del residuo y su responsabilidad financiera para cumplir con los objetivos mínimos (de circularidad o reciclaje) establecidos por ley.
  • Establecer sistemas de depósito que garanticen devolución de cantidades y retorno del producto.
  • Implantar un sistema de información para obtener información (fiable) de los flujos de materiales utilizados y residuos.
  • Ampliar la responsabilidad a la recuperación de residuos de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.